El Real Instituto Industrial

Los servicios y dependencias del Real Instituto Industrial se instalaron en el Claustro del antiguo Convento de la Trinidad, en la calle de Atocha, lindando con las de Relatores, Concepción Jerónima y Plaza del Progreso. En la actualidad (1943) no queda del Convento más que la capilla del Ave María, cuya fachada da a la calle del Doctor Cortezo.

Los Directores del Real Instituto Industrial fueron los siguientes:

  • 1851-1853: D. Joaquín Alfonso                                  
  • 1853-1857: D. Manuel Mª de Azofra Gª                   
  • 1858-1859: D. Ángel Riquelme                                  
  • 1859-1863: D. Fernando Bocherini Gallípoli           
  • 1863-1867: D. Joaquín Sanroma Creux                  

La primera promoción de Ingenieros Industriales de España vio la luz en 1856 en el Real Instituto Industrial, y estaba formada por: D. Cipriano Segundo Montesino (revalidado), D. Carlos Andrés de Castro y Franganillo, D. Luis Zapata y Pérez Laborda, D. Francisco de Paula Rojas, D. Julián de Chávarri y Febrero, D. Luis Barnoya y Matlló, D. Juan de Thomas j Cuevas, D. José Alcover y Sallent, D. José María del Llano y Otañez, D. José Vallhonesta y Vendrell, D. Luis Gorbea y Baltar y D. Guillermo Goytia.

El libro de Alonso Viguera recoge las biografías de gran parte de los alumnos y profesores destacados. La Ingeniería Industrial Española en el siglo XIX (1961)

Reglamento de la Carrera y reforma de sus enseñanzas en 1855 por Luxán

El plan de Seijas Lozano de 1850 experimentó determinadas modificaciones por el R.D. de Fomento del 20 de mayo de 1855, por el que se establece el plan orgánico de las Escuelas Industriales, que se reglamentaron por otro R.D. del 27 del mismo mes y año. Ambos RR.DD. fueron dictados siendo Ministro del ramo el ilustre artillero D. Francisco de Luxán, y por iniciativa del Arquitecto D. Manuel Mª de Azofra, por entonces Director General de Agricultura, Industria y Comercio.

A partir de 1855 se establece en el Real Instituto la Escuela Central de Ingenieros Industriales, denominación que se conservará hasta bien entrado el siglo actual.

En cuanto al título, en el R.D. se establecían los siguientes:

1º. Certificado de aptitud a los alumnos que hubieran aprobado las enseñanzas completas del grado elemental y que hubieran asistido dos años a la clase de dibujo.

2º. Aspirante a Ingeniero, que se concedía a los alumnos que hubieran aprobado los tres años de las Escuelas profesionales, más un examen de fin de dicha carrera.

3º. Ingenieros Industriales a los que hubieran cursado por completo los cinco años de estudios en la Escuela Central del Real Instituto, o bien hubieran cursado sobre la enseñanza profesional en una de las Escuelas industriales de Madrid, Barcelona, Sevilla, Vergara o Valencia (recién creada) los estudios de 4º y 5º de la Escuela Central del Real Instituto. Tanto en uno como en otro caso habrían de realizar los alumnos un examen final de carrera con los ejercicios de proyectos consiguientes.

Como vemos, por el Decreto de Luxán desaparecen las distintas categorías de ingenieros de Iª y IIª clase, quedando tan solo el de “Ingeniero Industrial”. No obstante, por precepto legal existían las dos especialidades de mecánica y química, de modo que todo “Ingeniero Mecánico” o “Ingeniero Químico” era “Ingeniero Industrial”.

Primeras atribuciones profesionales

El R.D. del 20 de mayo de 1855 establecía lo siguiente:

“Los títulos creados por este decreto no confieren derechos exclusivos para el ejercicio de la profesión industrial, pero demuestran de tal modo la idoneidad y aptitud de los Ingenieros Industriales, Mecánicos o Químicos, que según su clase especial los empleará el Gobierno en igualdad de condiciones en las líneas telegráficas, en la inspección de las estaciones, máquinas y aparatos de los caminos del hierro; en el reconocimiento de los depósitos, tuberías y distribución del gas para el alumbrado; en el examen de los establecimientos insalubres; en el de los 0procedimientos de las Casas de Moneda; en el de las fundiciones por cuenta del Estado; en la inspección química establecida en las Aduanas y finalmente, en todas aquellas operaciones periciales que requieren el conocimiento de la teoría y la práctica de la química y la mecánica aplicada a las artes industriales, a los talleres y a las fábricas, a los aparatos y a las máquinas de todas clases, y al análisis de materias medicinales u otras que la Administración deba inspeccionar por razones de sanidad pública”.

Las Escuelas Superiores

Por la Ley de Instrucción Pública de 10 de septiembre de 1857 (Ley Moyano), se otorga la categoría de Enseñanza Superior a los estudios de ingeniería Industrial, así como a los de Caminos, Minas, Montes y Agrónomos.

Además, la Ley permitía a las escuelas de Barcelona, Gijón, Sevilla, Valencia y Vergara emitir títulos con el mismo derecho que el Real Instituto Industrial de Madrid, que hasta entonces era el único autorizado.

Esta Ley tuvo consecuencias nefastas. Aunque aparentemente enaltecía las enseñanzas al darles la categoría de Superiores, causó un gran daño. La proliferación de escuelas no respondió a ninguna necesidad real, ya que para una industria aún incipiente como era la española, un solo centro superior era muy suficiente. Los efectos no tardaron en notarse

La Ley además estipulaba que debían ser los ayuntamientos y diputaciones los que sufragaran los gastos de las escuelas. Sólo la universidad de Barcelona recibió una cantidad digna del Ayuntamiento y de la Diputación. La escuela de Gijón tuvo que cerrar en el año 1860 sin haberse iniciado en ella los estudios de los últimos cursos. Lo mismo le sucedió a la de Vergara, y la de Valencia sólo pudo lanzar tres promociones, desapareciendo en 1865. La de Sevilla, con cuatro promociones, cerró un año después.

Supresión del Real Instituto en 1867

El 30 de Junio de 1867, y siendo Ministro de Fomento el Sr. Orovio, se suprime de los presupuestos nacionales la asignación destinada al Real Instituto. Según el Ministro, el reducido número de alumnos del Centro y la escasez de recursos del Gobierno justificaban tal decisión.

Ni siquiera la defensa que hizo el señor Luxán en el Parlamento, a altas horas de la madrugada, sirvió para volver sobre el acuerdo de anular la partida presupuestaria.

Al señor Luxán pertenecen las siguientes palabras: “Siento muchísimo que las razones alegadas por el Sr. Ministro de Fomento no puedan convencernos. Si por falta de alumnos se hubieran de suprimir Centros de instrucción, sería menester anular las cátedras de Ciencias Naturales, de Cálculo Diferencial e Integral y de Química de la Universidad Central, que algunos años no han tenido alumnos, así como la Escuela de Minas, que tuvo cursos en que los tenía reducidísimos.”

¿Por qué descendió tanto el número de alumnos en el Real Instituto? Según Alonso Viguera dos fueron las causas:

1ª La Ley Moyano de 1857. Esta Ley terminó con el privilegio de la Escuela Superior de Madrid al conceder los mismos derechos a otros centros de España (Valencia, Barcelona, Sevilla, Gijón y Vergara).

2ª La falta de atribuciones profesionales por parte del Estado. Ya hemos hablado del R.D. de 1855 que concedía a los ingenieros industriales determinadas tareas técnicas. A pesar de que la lista es extensa y detallada, en realidad los industriales estaban muy discriminados comparados con el resto de las especialidades civiles, sobre todo respecto a los ingenieros de caminos. Este enfrentamiento alcanzó su auge en 1912 cuando los industriales exigieron la creación del Cuerpo de Ingenieros Industriales al servicio del Estado (El conflicto de 1912: Industriales contra el resto de las especialidades civiles).

Veamos lo que escribía D. José Alcover y Sallent (alumno de la primera promoción de ingenieros industriales del Real Instituto y fundador de la Revista “la Gaceta Industrial”) en la Gaceta Industrial en 1867:

“La concurrencia numerosa que acudió a la Escuela de Ingenieros Industriales de Madrid en los primeros años, la componían un núcleo brillante de jóvenes entusiastas, fiados unos en solemnes promesas que no se cumplieron en ninguna de sus partes; halagados otros por el porvenir que ofrecía en España la carrera industrial.

“Corrieron los años y no sólo dejan de cumplirse las promesas solemnemente hechas en distintas ocasiones, sino que la carrera, si no postergada por los que tenían el deber de realzarla y atacada sotto voce por aquellos a quienes hacía sombra, y encerrados entre el privilegio de los unos y monopolios de los otros, los ingenieros industriales se encontraron no ya coartados en el ejercicio de su profesión, sí que también sin derecho a dedicarse a los trabajos de su especialidad, pues se han necesitado más de doce años para conseguir que un Ingeniero Industrial pudiera proyectar y dirigir un establecimiento industrial.

“Entre la carrera que no ofrecía a los que la seguían provecho alguno y otras en que los candidatos empezaban a cobrar del Estado antes de salir de la Escuela, la elección no era dudosa.”